Señor huesos
Member
Bueno
El problema acá en España con el tema de la prueba en determinados delitos,es que la palabra de uno contra otro es suficiente para destruir la presunción de inocencia cuando se dan determinados requisitos: a saber:
1- ausencia de causa de incredibilidad en la víctima, es decir, que no haya motivos para considerar que se denuncia por un motivo espureo
2- persistencia en la incriminación, es decir, que el relato de la víctima no varíe sustancialmente a lo largo de las dfiferentes fases del procedimiento penal
3- corroboraciones periféricas del relato de la víctima, es decir, meros indicios que sustenten la versión de la misma
Problemas que ofrece esta doctrina forense
Punto 1, si no se puede probar la causa de incredibilidad por el acusado, se presume que la víctima dice la verdad, en la práctica, casi se invierte la carga de la prueba al tenerse que probar la mendacidad del relato de la víctima
Punto 2, la persistencia en el relato, si éste es sencillo, es fácil de sostener, e incluso se aprecia dicha persistencia con cierta laxitud cuando las incongruencias no afectan a elementos esenciales del mismo
Punto 3, una corroboración periférica puede ser un parte de urgencias, que acredita la realidad de una lesión pero no las circunstancias concretas en las que se produce esa lesión
Como vemos, no es tan fácil eso de oiga, que se presume que yo soy inocente hasta que se demuestre lo contrario...
Saludos cordiales
El problema acá en España con el tema de la prueba en determinados delitos,es que la palabra de uno contra otro es suficiente para destruir la presunción de inocencia cuando se dan determinados requisitos: a saber:
1- ausencia de causa de incredibilidad en la víctima, es decir, que no haya motivos para considerar que se denuncia por un motivo espureo
2- persistencia en la incriminación, es decir, que el relato de la víctima no varíe sustancialmente a lo largo de las dfiferentes fases del procedimiento penal
3- corroboraciones periféricas del relato de la víctima, es decir, meros indicios que sustenten la versión de la misma
Problemas que ofrece esta doctrina forense
Punto 1, si no se puede probar la causa de incredibilidad por el acusado, se presume que la víctima dice la verdad, en la práctica, casi se invierte la carga de la prueba al tenerse que probar la mendacidad del relato de la víctima
Punto 2, la persistencia en el relato, si éste es sencillo, es fácil de sostener, e incluso se aprecia dicha persistencia con cierta laxitud cuando las incongruencias no afectan a elementos esenciales del mismo
Punto 3, una corroboración periférica puede ser un parte de urgencias, que acredita la realidad de una lesión pero no las circunstancias concretas en las que se produce esa lesión
Como vemos, no es tan fácil eso de oiga, que se presume que yo soy inocente hasta que se demuestre lo contrario...
Saludos cordiales