Seguridad discotecas/pubs

Terence, ¿te has fijado? El culturismo y el trabajo de vigilante de seguridad tienen en común todo eso que has dicho:

-Trabajo duro
-Responsabilidad
-Mal visto socialmente
-Mal pagado (estoy seguro que Schumacher cobra más que Coleman)
-Mucho mafioso (todos los que trafican con esteroides, por ejemplo)

Saludos!!

__meparto___meparto___meparto___meparto_
 
Tienes que hacer un curso de 180 horas que suelen ser de unos dos meses (derecho penal,procesal,constitucional,defensa personal...) en un centro autorizado por el Ministerio del Interior,al acabarlo hay que presentarse a las pruebas que convoca éste (físicas/teóricas) cada cierto tiempo,si las apruebas obtienes la habilitación (T.I.P)

Si te decides que sepas que tienes trabajo asegurado al 100% en casi toda España.Aunque el sueldo (unos 1000 euros) no es para echar cohetes...
Salu2 Sport-Soldier __genial__

Ah pues parece interesante! Me gusta me gusta. Son oposiciones no?

Te iba a contestar yo, pero te ha contestado mas arriba Temple.

Lo siento AMol., otra vez será !!!

Ainsssss tu siempre tan atento querido mío! _beso_
 
pues yo me saque el titulo hace 6 o 7 anyos en madrid,y no me costo nada y duro solo dos semanas, era intensivo, y era la misma empresa la que lo daba (no se si pueden decir nombres de empresas por eso lo omito).
Imagino que todo habra cambiado, pero estoy seguro de que las empresas grandes lo siguen dando gratis debido a la necesidad de V.S, bueno como decia juancar depende de donde vivas.
Yo lo deje porque me vine aqui, pero ahora me estoy planteando sacarme el titulo de seguridad ingles, ya que me han ofrecido trabajar por 11 libras la hora!! que para mi esta de puta madre.
Ah y por cierto yo si que trabaje de uniforme y en una puerta una vez durante tres meses en tenerife.
Pero les costaba mucho mantener el servicio y lo suspendieron....
 
Ni una sóla respuesta con respecto al post inicial..._ehhh!__ehhh!_
Sé que hay compañeros de curro,salir de dónde estéis y no tengáis verguenza de hablar del tema.
Salu2 __pesas__
 
deben estar sacandole punta a las flechas,he oido que junto con el arco es lo ultimo en defensa en puertas__meparto___meparto___meparto_
 
Por cierto futuro compañero,no quiero irme de sabelotodo pero esto clama al cielo en un profesional de la seguridad...

Dí detener porque retener no existe legalmente, o estás libre o estás detenido.
Saludos

Haber sin animo de entrometerme , retener como bien apuntais no existe pues toda retencion involuntaria de un individuo es una detencion pero si existe la posibilidad de que un ciudadano pueda detener a otro ante la comisión de un delíto (delito puede ser una agresion fisica o montar una trifulca en la que se hayan producido daños personales de cierta entidad) aunque hay que hilar fino, es posible que un miembro de seguridad de una disco , pueda detener a otra persona y ponerla a cargo de los efectivos policiales seria una detencion momentanea hasta la llegada de los Policias locales o Fuerzas y cuerpos de seguridad del estado lleguen al lugar para hacerse cargo. Pues si un individuo puede hacerlo evidentemente un controlador de acceso tambien pero lo dicho ha de hilar fino pues si no es totalmente justificado el motivo de la retencion/detención puede ser acusado de detencion ilegal con las consiguientes consecuencias¡¡¡¡¡ Un salu2¡¡¡¡¡¡
 
Haber sin animo de entrometerme , retener como bien apuntais no existe pues toda retencion involuntaria de un individuo es una detencion pero si existe la posibilidad de que un ciudadano pueda detener a otro ante la comisión de un delíto (delito puede ser una agresion fisica o montar una trifulca en la que se hayan producido daños personales de cierta entidad) aunque hay que hilar fino, es posible que un miembro de seguridad de una disco , pueda detener a otra persona y ponerla a cargo de los efectivos policiales seria una detencion momentanea hasta la llegada de los Policias locales o Fuerzas y cuerpos de seguridad del estado lleguen al lugar para hacerse cargo. Pues si un individuo puede hacerlo evidentemente un controlador de acceso tambien pero lo dicho ha de hilar fino pues si no es totalmente justificado el motivo de la retencion/detención puede ser acusado de detencion ilegal con las consiguientes consecuencias¡¡¡¡¡ Un salu2¡¡¡¡¡¡

De acuerdo con todo.
Por si a alguien le interesa:


1.- De las detenciones ilegales y secuestros.



Debemos partir de una base clara, cualquiera persona puede detener (art. 490 LECr):



1º Al que intentare cometer un delito en el momento de ir a cometerlo.



2º Al delincuente «in fraganti».



3º Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.



4º Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su traslación al establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese impuesto por sentencia firme.



5º Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionados en el número anterior.



6º Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.



7º Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía.


Ahora bien, el particular que detuviere a otro justificará, si éste lo exigiere, haber obrado en virtud de motivos racionalmente suficientes para creer que el detenido se hallaba comprendido en alguno de los casos del artículo anterior (art. 491 LECr).


Por cierto por ésto se rigen también para detener los VS que no tienen la condición de agentes de la autoridad.
 
De acuerdo con todo.
Por si a alguien le interesa:


1.- De las detenciones ilegales y secuestros.



Debemos partir de una base clara, cualquiera persona puede detener (art. 490 LECr):



1º Al que intentare cometer un delito en el momento de ir a cometerlo.



2º Al delincuente «in fraganti».



3º Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.



4º Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su traslación al establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese impuesto por sentencia firme.



5º Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionados en el número anterior.



6º Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.



7º Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía.


Ahora bien, el particular que detuviere a otro justificará, si éste lo exigiere, haber obrado en virtud de motivos racionalmente suficientes para creer que el detenido se hallaba comprendido en alguno de los casos del artículo anterior (art. 491 LECr).


Por cierto por ésto se rigen también para detener los VS que no tienen la condición de agentes de la autoridad.

Bueno veo que haces bien los deberes¡¡¡
, he leido un comentario tuyo con respecto a prepararte unas oposiciones y tal pues animo tio haber si tienes suerte si te lo propones seguro que acabas consiguiendolo¡¡¡¡
Un salu2¡¡¡
 
yo he currado de seguridad de discotecas y como dice temple lo que yo tenia a mi mano si se ponia la cosa fea era una porra extensible, y tenia compañeros que yebaban clalecos anti pinchazos, la cliente de esta disco eran bastante latinos y moros, habia que poner mano dura, por que si no la cosa se solia poner fea.
saludos
 
yo e estado algon en el tema que decis,,bien,,la ultima vz di mis condicionaes,,me pagaron vente por ciento mas y garnatize la seguraidad e una fisesta privada toda la noche,,,no hubo problemas pero si los huribera no iban a salir bien,,

aclarar que ninguno de los mchacho que va conmigo permito uso de armas de ningun tipo,,ni gases,,ni ganchos,,estensibles,,ninnada,,luego las essplicadiones las doi yo,,bien, con los latinos hablar conellos,,beben enessceso,,loq ue no augnaoto es alos farlopieros de mierda,,dscupad el temino,,si hay fiesta de estas pido mis reglas,, jajaja, ya que a estos lo primero es voltearsles y luego ya empiezzna a pensar,,triste

lo primero no osdejeis pisar,,los jefes ni danla cara ni se meten enel probleman,,,ni les arruinana el futuro y larpossima vez os juro que puedo aparecer con mi bolosa dentro una escopeta delas de boom_violento_
 
depende del lugar donde estes..
aca los denominados patovicas , necesitan si o si algun tipo de arma (obiamente no letal, sino de las ya habladas..)
aca son todos re barderos, les gusta el lio, y una diversion idiota de hoy en dia es ir a encararse a los patovicas, y tenes el punto en el que son 7 contra 1, y ellos van con botellas y todo..

la sociedad esta destruidaa, al menos aca.
 
Te informo que cualquier particular con el único requisito de ser mayor de 18 años puede adquirir uno si éste esta homologado por el Ministerio de Sanidad,será legal a todos los efectos.

RELACIÓN DE SPRAYS HOMOLOGADOS:

En escrito nº 25721 de la intervención central de armas y explosivos de la Guardia Civil de fecha 9 de febrero de 2007 se actualiza la relación de sprays de defensa personal que están homologados y que pueden ser adquiridos en armerías por personas mayores de 18 años:


WEINEN 58 FALKEM S.A 05.256.687 17/7/2005 17/7/2010 DGSP-05-16-10-SDP
(el que yo llevo habitualmente)
WEINEN 65 FALKEM S.A 05.256.687 17/7/2005 17/7/2010 DGSP-05-15-08-SDP

WEINEN 88 FALKEM S.A 05.256.687 22/5/2006 22/5/2011 DGSP-06-15-SDP

WEINEN 125 FALKEM S.A 05.256.687 22/5/2006 22/5/2011 DGSP-06-15-SDP

FITODEFENSA 75 A.S.A.C PHARMACEUYICAL INTERNACIONAL A.I.E
25.2008
07/6/2005
07/6/2010
DGSP-05-13-SDP

FITODEFENSA 50 A.S.A.C PHARMACEUYICAL INTERNACIONAL A.I.E
21.279.230
07/6/2004
07/6/2007
DGSP-04-14-SDP

SKRAM ANSTRON INTERNACIONAL S.A
16.787.528
11/7/2005
11/6/2010
DGSP-05-12-SDP

En relación con los sprays de defensa personal conviene recordar los siguientes puntos:

•Los sprays de defensa personal que cuenten con la aprobación del Mº de Sanidad y Consumo y con la homologación de la Dirección General de Salud Pública pueden venderse a cualquier particular mayor de 18 años en armerías, por tanto es legal la compraventa, tenencia y uso de sprays HOMOLOGADOS en vía pública o en establecimientos públicos – No cabe infracción administrativa, y NO SE PUEDEN INTERVENIR – SON LEGALES.

Esto de cerrar bocas es agotador __pesas__

acuerdate que por la ley 1/92 se decomisan y sanconan aun estando homolagados

como elemento susceptible de ser peligroso para la seguridad ciudadana (portarlo en interior de discoteca)
 
Hola a todos de nuevo! Veo que por aquí hay mucha gente en el mundillo,yo trabajo en la seguridad de una discoteca de Madrid desde hace aproximadamente un año,más concretamente en seguridad de sala,aunque echando una mano en puerta también.
Mis funciones son prevenir (camiseta que me identifica) haciendo rondas por las dos salas de la disco,solucionar pequeñas riñas y avisar por walki en peleas gordas,visitar los baños para controlar el consumo de drogas,y lo mismo en sala sobre todo con los porros.

Eso es básicamente lo mío __cafe__
Propongo que los que estéis o hayais estado en esto habléis un poco del tema y contéis vuestras funciones,formas de trabajar,herramientas y útiles de trabajo (spray cs,extensible...) etc etc.


Salu2 __genial____pesas__
uo estuve currando en dos locales muy chunguetes por el año 87 los locales eran el limitey la factoria , ambos en la zona de moncloa y acabe harto de historias y movidas, aunque en una puerta quieras ser buena persona, el lidiar con la caantidad de tontos que aparecen por la uerta, ya es un merotop, harto de amenazas y de tener qe romperle la cara a mas de uno que el dialogo no servia para nada, avabe con el caracter agriado, he conocido muchos porteros, desde la ala bestia que cuando alguien metia la pata se acercaba y con una snrisa intentaba convencerle de que era un sitio donde la gente va a divertirse,n a liarla al tirillas que las iaba mas que remediarlo.

pero vamos insisto que estar en una puerta aguantando la cantidad de imbeciles que suelen pasar por esos sitios es ya una prueba de paciewncia muy ferte, ojo tambien ha clientes, que van a divrertirse, y te o hacen mas llevadero
 
Artículo 12.

1. Tales funciones únicamente podrán ser desarrolladas por los vigilantes integrados en empresas de seguridad, vistiendo el uniforme y ostentando el distintivo del cargo que sean preceptivos, que serán aprobados por el Ministerio del Interior y que no podrán confundirse con los de las Fuerzas Armadas ni con los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

2. Los vigilantes, dentro de la entidad o empresa donde presten sus servicios, se dedicarán exclusivamente a la función de seguridad propia de su cargo, no pudiendo simultanear la misma con otras misiones.

si quereis leeros la ley entera,aqui teneis

Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada.

los porteros,no le deis mas vueltas,hacen una actividad ilegal,por muchas trolas que os metan los tugurios donde trabajeis de que si podeis hacerlo y os den un curso o un jamon de bellota de regalo,todo lo demas es humo,mentiras y desinformacion.Otra cosa es que un portero se decique a vender tickets,abrir la puerta,saludar a la gente o lo que sea,pero funciones de seguridad,nada de nada,y mucho menos por ejemplo pedir carnets a nadie,mirar bolsos.etc...si veis a cualquiera de estos haciendo funciones de seguridad,simplemente por hacerlo los podeis denunciar en cualquier comisaria
saludos
 
Wow... hablar de 1000 euros como un sueldo de mierda cuando aca es lo que gana un medico con especialidad(Si tiene suerte) al mes _violento_.
 
Por mucha fuerza fisica que tengas, si se te lanzan 10 dudo que puedas salir ileso. Los sprays los veo bien, aunk donde esten los tasers y las porras electricas que se quite lo demas! Que seriamos sin andorra!! :D

Los jaleos grandes ya son competencia de la policia, además darle porras electricas a unos gorilas sin neuronas no es muy sensato. Sin ofender a nadie, la mayoria de porteros de disco no tienen un nivel intelectual muy alto, sino tendrian carreras y no currarian en esto, asi que con su fuerza fisica tienen de sobras.
 
Wow... hablar de 1000 euros como un sueldo de mierda cuando aca es lo que gana un medico con especialidad(Si tiene suerte) al mes _violento_.

Pues en España 1000 euros no dan para mucho, e intuyo q los 1000 euros en tu pais deben ser un sueldazo pero aqui alucinarias la de numeros q tienes q hacer con ese dinero si vives tu solo.
 
El simple hecho de trabajar cara al público en establecimientos donde se consume alcohol (entre otras cosas) quizá rodeado de sitios donde se consume alcohol (entre otras cosas), hace por sí que una persona encargada del orden en uno de estos locales lo tenga francamente mal. Particularmente creo que ni la LECr ni ninguna otra servirían de mucho aunque conocerlas es importante para "salir airoso del pollo que se pueda montar". Recomiendo un vistazo a la Ley 1/1992 o famosa "Ley Corcuera", además de darse un paseo por los foros policiales. Que vaya bien.
 
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